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Detalle trámite

Venta Ambulante

El  procedimiento "venta ambulante" regula el otorgamiento de la licencia de puesto para venta ambulante.

Preferentemente de forma telemática a través del botón “Iniciar trámite”. Si la persona interesada no utiliza la vía telemática podrá descargarse el/los impreso/s desde esta página o acudir al registro del Ayuntamiento, donde le facilitarán dicho/s impreso/s normalizado/s a presentar.

  • Solicitud telemática
  • En caso de Persona Jurídica
    • NIF
    • Acta de constitucion
    • Estatutos
    • Acreditación de la representación de la entidad
  • Seguro de responsabilidad civil
  • Justificante de pago de las tasas según la ordenanza vigente (si fuese el caso)
  • Justificante de pago de tasas. Autoliquidación (ver)

Nombre: Venta ambulante.

Unidad tramitadora: Secretaría.

Inicio del procedimiento: A Instancia de parte.

Tipo de interesado: Persona física o jurídica.

Órgano de resolución:
Secretaría.

Carácter silencio administrativo: Silencio positivo.

Plazo de resolución:
3 meses.

Tasas/Impuestos: Consultar las ordenanzas fiscales del apartado de normativa.

Canales de atención:
Telemático (Iniciar trámite).

                                        Presencial.