El procedimiento de "retirada de vehículo de la vía pública" regula la retirada, a instancia de parte, o bien, de oficio, por iniciativa del Ayuntamiento, de vehículos en estado de abandono en la vía pública.
Personas físicas y/o jurídicas que deseen solicitar al Ayuntamiento la retirada de un vehículo de la vía pública, por estado de abandono patente.
De oficio, cada Ayuntamiento, tras verificar el abandono del vehículo según la normativa vigente.
Preferentemente de forma telemática a través del botón "Iniciar trámite". Si la persona interesada no utiliza la vía telemática podrá descargarse el/los impreso/s desde esta página o acudir al registro del Ayuntamiento, donde le facilitarán dicho/s impreso/s normalizado/s a presentar.
Nombre: Solicitud de retirada de vehículos de la vía pública.
Unidad tramitadora: Servicios Generales.
Inicio del procedimiento: A instancia de parte o de oficio.
Tipo de interesado: Persona física o jurídica.
Órgano de resolución: Alcaldía.
Plazo de resolución: 6 meses.
Tasas/impuestos: Ver la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de retirada y custodia de vehículos.
Canales de atención: Telemático (Iniciar tramite).
Presencial.